Derecho intrafederal en materia tributaria. Perspectiva de los tribunales porteños en el tratamiento de la actividad industrial.
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Mostrar el registro completo del ítemAutor/es:
Tagliaferri, María de los Ángeles
Tutor/es:
Corti, Horacio G. A.
Carrera de la tesis:
Maestría en Derecho Tributario
Fecha:
2018Resumen
El 24 de noviembre de 2015, el máximo tribunal de la Nación se pronunció en
una serie de causas promovidas por las provincias de San Luis y Santa Fe contra el
Estado Nacional, en las que –en lo que aquí interesa- declaró la inconstitucionalidad de
las normas que permitieron a la Nación, la detracción en forma unilateral –sin el
acuerdo previo de las provincias- de una porción de la masa coparticipable para
financiar a la ANSES.
Asimismo, exhortó “…a los órganos superiores de nuestra organización
constitucional [Poder Ejecutivo Nacional y Congreso Nacional]…a fin de consolidar el
proyecto federal de nuestra constitución” a asumir “…el rol institucional que les
compete como coordinadores del sistema federal de concertación, implementado con
rango constitucional en 1994…” a que “…empren[diesen] cuanto antes el diálogo
institucional que desemboque en el nuevo Pacto Federal Fiscal, que sentará las bases
de las futura ley-convenio [de coparticipación]”
Con dicho objetivo, se reabrió la mesa de negociación entre el Estado Nacional y
las provincias y se impulsaron las tratativas a fin de “re-pactar” algunos aspectos sobre
los que se sostiene nuestro federalismo fiscal y encontrar la manera de descomprimir las
tensiones propias de un sistema en el que coexisten distintos niveles de gobierno con
poder del imposición, a la par de garantizar a cada uno de los distintos órdenes una
fuente de recursos suficiente para el cumplimiento de sus cometidos.
En dicho contexto en noviembre de 2017 se firmó el llamado “Consenso Fiscal”,
del que formaron parte el Gobierno Nacional y los gobernadores de la mayoría de las
provincias argentinas –excepto San Luis, que no aceptó las condiciones allí propuestas-.
El texto de este acuerdo, fue precedido de largos debates con relación a cuál
debiera ser la mejor manera para armonizar las estructuras tributarias de las distintas
jurisdicciones, en tanto la inobservancia de los mecanismos de coordinación financiera
por parte de los gobiernos locales, así como del Estado Nacional, se evidenció en el alto
nivel de litigiosidad observado, por cuanto se iniciaron múltiples causas a lo largo de todo el país con fundamento en el incumplimiento de la ley de coparticipación y de los
compromisos asumidos en los pactos fiscales de principios de la década del ´90.
Se trata pues, de conflictos que trasuntan aquello que la Corte Suprema de
Justicia de la Nación ha bautizado bajo el nombre “derecho intrafederal” (fallos:
314:862), en tanto fruto del acuerdo entre los estados nacional y locales5, el que se
materializa en leyes convenio cuya naturaleza jurídica, jerarquía, exigencia, vigencia de
su contenido y exigibilidad -entre otras cuestiones- han sido materia de debate por parte
de la doctrina y de la jurisprudencia. Principalmente, con motivo del examen de la
configuración de los recaudos que habilitan la competencia originaria de la Corte
nacional, en aquellas contiendas que evidencien una pugna entre normas de este tipo.
En este trabajo, no pretendo profundizar ese enfoque, del que me serviré, sin
embargo, a fin de analizar el tipo normativo, sino que me concentraré en estudiar el
tratamiento que se ha dado al derecho intrafederal en materia tributaria por parte del
máximo Tribunal de la Nación, así como de la consiguiente doctrina y en contrastarlo
con el examen efectuado por los Tribunales de la Ciudad de Buenos Aires, con motivo
de contiendas en las que, dada la exención reconocida a la actividad industrial en el
Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, se analizó su
compatibilidad con las normas dictadas a nivel local en esa materia.