El Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Régimen de Mecenazgo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Metadatos:
Mostrar el registro completo del ítemAutor/es:
Ottonello Correa, María del Mar
Tutor/es:
Pucciarello, Mariana Beatriz
Carrera de la tesis:
Maestría en Derecho Tributario
Fecha:
2018Resumen
Este trabajo puede comenzar con la siguiente interrogación: ¿qué significa mecenazgo? O mejor dicho ¿quiénes son mecenas?. Esta definición tiene origen en un noble romano del siglo I a.C, Cayo Cilnio Mecenas. Mecenas, consejero del emperador romano Cesar Augusto, apoyó económicamente a los más importantes artistas de la época, como a Quinto Horacio Flaco, poeta romano autor de “Epístola de los Pisones” y Publio Virgilio Marón, poeta romano autor de la “Eneida”, entre sus obras más destacadas. Su nombre pasó a tomar el significado de quien asume el rol de protector de las letras y de los literatos, y es definido por la Real Academia Española como aquella “persona que patrocina las letras o las artes”. Asimismo, de su nombre también deriva el de la actividad de apoyo desinteresado, que se hace a personas relacionadas con la cultura sin esperar ninguna contraprestación, que se conoce como mecenazgo. Parecería que en el marco de una Maestría en Derecho Tributario hablar de mecenazgo, cultura y financiamiento cultural se aleja un poco del eje temático de la materia. Sin embargo, la relación entre estos temas se inscribe en el marco de la importancia de la actividad estatal en el campo de la cultura, relación que cuenta con suficiente y reconocido fundamento en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en nuestra propia legislación constitucional, nacional y local.