Entre Habermas y Dworkin : una nota sobre los fundamentos de la democracia
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Show full item recordAuthor/s:
Spector, Horacio
Date:
1999-11Abstract
Las teorías de la justicia establecen los principios generales que deben presidir la distribución de cargas y beneficios sociales. Estos principios constituyen lo que Rawls llama la "estructura básica" de una sociedad justa1. Estas teorías se ubican típicamente en la denominada ética pública o filosofía política, una disciplina filosófica normativa -con vastas conexiones con la teoría social positiva-que analiza y discute los principios fundamentales de la organización social que el Estado puede establecer y hacer respetar en forma coactiva. A veces se tiende a pensar que las teorías de la justicia agotan la teoría social normativa, en el sentido de que otros problemas normativos como la justicia retributiva, la justicia correctiva y la justicia política pueden resolverse a partir de los resultados obtenidos en la teoría normativa de la justicia. ¿Pero es esto realmente así? En otras palabras, una vez que uno cuenta con una teoría normativa capaz de arrojar conclusiones más o menos confiables acerca de los derechos de las personas y la distribución de cargas y beneficios en la sociedad, ¿tenemos todo lo que necesitamos en el terreno normativo?