Justicia dialógica interinstitucional: de lege ferenda y de lege lata
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Universidad Torcuato Di Tella. Escuela de Derecho
Abstract
En este artículo quiero analizar cómo promover el diálogo entre las Cortes y las instituciones representativas. Ese cometido está sustentado en la idea de que, en principio, siempre hay algo valioso que se pierde cuando las Cortes imponen –a la sociedad en su conjunto- con carácter final su parecer en cuestiones públicas de gran relevancia, incluso cuando aciertan en sus decisiones. Por eso, voy a asumir que las Cortes –aún cuando el sistema les atribuya la “última palabra”- deberían estar siempre preocupadas por fortalecer el diálogo y la deliberación democrática entre las instituciones estatales. Me interesa abordar el tema desde dos perspectivas: cómo fomentar la justicia dialógica de lege ferenda (para una futura reforma de la ley o la constitución), y de lege lata (asumiendo la constitución existente, que recepta un modelo robusto de justicia constitucional, según el cual las Cortes Supremas o Constitucionales tienen la última palabra).
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Keywords
Argentina. Corte Suprema de Justicia de la Nación, Administración de justicia